Plan Excepcional de Regularización Fiscal de la Provincia de Córdoba: Decreto N° 222
La Provincia de Córdoba ha implementado un Régimen Excepcional de Regularización Tributaria a través del Decreto N° 222/2025
Puntos Clave del Régimen
Aspecto | Detalle |
Vencimiento de las Deudas Incluidas: | Obligaciones tributarias (impuestos, tasas, actualizaciones, recargos, intereses y multas) vencidas al 31 de agosto de 2025. |
Plazo de Acogimiento: | Los contribuyentes podrán adherirse a este régimen hasta el 30 de noviembre de 2025. |
Tributos Incluidos: | Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto de Sellos, Impuesto a la Propiedad Automotor, Impuesto a las Embarcaciones y Tasas Retributivas de Servicios (excepto Tasa de Justicia). También incluye multas de la Policía Caminera y deudas de agentes de retención por omisión de actuar en tal carácter. |
Exclusiones: | No están incluidas las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes, ni la deuda de agentes de retención que, habiendo practicado la retención, no la ingresaron al Fisco. |
Modalidad de Adhesión: | La solicitud y adhesión debe realizarse a través de la página web de la Dirección General de Rentas (DGR). |
Caducidad: | Opera de pleno derecho por el incumplimiento en el pago de tres (3) cuotas consecutivas o no consecutivas, o si no se cancela totalmente a los 60 días corridos del vencimiento de la última cuota. La caducidad implica la pérdida de todos los beneficios. |
Beneficios y Opciones de Pago
El régimen ofrece diferentes porcentajes de condonación sobre los recargos resarcitorios e intereses por mora, dependiendo de la fecha de devengamiento de la deuda y la modalidad de pago solicitada.
Deudas Devengadas hasta el 31 de diciembre de 2024
Se aplica la siguiente condonación parcial sobre recargos resarcitorios e intereses por mora no abonados:
Condiciones de Pago | Condonación en Recargos e Intereses |
Pago único |
70 % |
Pago en hasta 6 cuotas |
50% |
Pago en hasta 12 cuotas |
30% |
Pago en hasta 24 cuotas |
0% |
Deudas Devengadas durante 2025 (vencidas hasta el 31/08/2025)
Se aplica la siguiente condonación parcial sobre recargos resarcitorios e intereses por mora no abonados:
Condiciones de Pago | Condonación en Recargos e Intereses |
Pago único |
70 % |
Pago en hasta 3 cuotas |
30% |
Deudas del Régimen Simplificado (Pequeños Contribuyentes)
Para deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al Régimen Simplificado, la condonación de recargos e intereses es más significativa:
Condiciones de Pago | Condonación en Recargos e Intereses |
Pago único |
90% |
Pago en hasta 6 cuotas |
50% |
Pago en hasta 12 cuotas |
30% |
Tasa de Financiación
- Tasa de Interés General: 2,00% mensual acumulativo.
- Excepción: El pago en hasta tres (3) cuotas para deudas de 2025 no tendrá interés de financiación.
- Monto Mínimo de Cuota: Pesos $2.000,00.