CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES ANÓNIMAS SIMPLIFICADAS (S.A.S) Y S.A.S UNIPERSONALES (S.A.S.U)

TRANSFORMACIÓN DE LAS VIEJAS S.A. y S.R.L. a S.A.S o S.A.S.U

Junto a la Ley Apoyo al capital emprendedor Nº 27.349, se crearon las denominadas sociedades por acciones simplificadas (S.A.S). Las mismas son una fusión entre SRL y SA. A continuación se citan los principales beneficios.

CARACTERÍSTICAS Y VENTAJAS DE LAS NUEVAS SOCIEDADES ANONIMAS SIMPLIFICADAS

1- Las SAS podrán ser constituidas por una o varias personas humanas o jurídicas.

2- El capital social se puede fijar a partir del importe equivalente a dos veces el salario mínimo vital y móvil (actualmente $17.720).

3- El Objeto social puede ser múltiple.

4- La obtención de la CUIT y la inscripción en el Registro Publico se realizará dentro de las 24 horas.

5- Agilización en la apertura de cuentas bancarias.

6- Los administradores podrán ser designados por un plazo determinado o indeterminado.

7- Al no tener que presentar la inscripción de los estados contables ante Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, se prescinde del costo asociado a dicho trámite.

8- Las reuniones de socios podrán realizarse en la sede social o fuera de ella, utilizando medios electrónicos que le permitan a los socios comunicarse simultáneamente entre ellos.

9- No requiere publicación de edictos en el Boletín Oficial Electrónico para las convocatorias a reuniones de socios.

10- La SAS podrá transformarse en cualquier otro tipo societario previsto en la Ley 19.550.

11- Cualquier tipo societario de los previstos en el Capítulo II de la Ley 19.550 puede transformarse en S.A.S.

La SAS está diseñada para las PyMe, permitiéndole proteger su capital, reducir costos administrativos y a su vez agilizar la velocidad en los negocios y flexibilizar las estructuras legales.

A su vez la Ley nº 27.349 contempla la posibilidad de poder constituir una sociedad por Acción Simplificada Unipersonal (S.A.S.U). En este punto una misma persona humana puede ocupar el cargo de Administrador, socio y representante legal. Se puede prescindir de la sindicatura si se designa un director suplente.

 

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    Confis

    27/07/2024

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