CERTIFICADO MiPyMES


¿Que es el certificado MiPyME?

Se trata de un certificado que valida la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa ante entidades como la AFIP y la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, requiriendo cumplir con criterios específicos como estar legalmente constituidas, tener un número limitado de empleados y alcanzar un volumen de ventas anual determinado.

 


Vigencia y renovación

La validez del certificado abarca desde su emisión hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio.

Para la mayoría de las MiPyME, la renovación se llevará a cabo de manera automática.

EJ: cierre 31/03 – el certificado será valido y se debe renovar antes del 31/07

 


Categorías y Valores Vigentes

Al registrarse en el Registro MiPyME, las empresas quedan categorizadas en un sector y tramo específico. El sector asignado se determina por la actividad principal que desarrollan, mientras que el tramo se establece en función de las ventas anuales totales o la cantidad de empleados que forman parte de la empresa (según lo establecido).

A. Límites de ventas totales anuales expresados en PESOS ($)

Categoría Construcción Servicios Comercio Industria y minería Agropecuario
Micro 208.401.000 91.494.000 599.483.000 435.869.000 316.630.000
Pequeña 1.236.557.000 551.596.000 4.270.323.000 3.256.865.000 1.166.340.000
Mediana Tramo 1 6.899.145.000 4.565.365.000 20.297.829.000 23.180.330.000 6.863.946.000
Mediana Tramo 2 10.347.579.000 6.520.009.000 28.997.100.000 46.835.799.000 10.886.680.000


B.
 Límites de personal ocupado

Categoría Servicios Comercio
Micro 7 7
Pequeña 30 35
Mediana Tramo 1 165 125
Mediana Tramo 2 535 345


C. Límite de activos expresados en pesos ($)

Tope de activos en pesos ($)
193.000.000

 


¿Cómo se calculan las ventas totales anuales para propósitos de categorización?

Se calcula a partir del promedio de los últimos tres ejercicios comerciales o años fiscales cerrados, excluyendo el monto del IVA y posibles impuestos internos correspondientes. Asimismo, se resta el 75% del valor total de las exportaciones.

 


¿Que beneficios ofrece el certificado Mipyme?

En general, el certificado Mipyme puede ser muy beneficioso para las pequeñas y medianas empresas, ya que les permite acceder a un conjunto de herramientas y recursos que buscan mejorar su desempeño y ayudarlas a crecer de manera sostenible en el mercado.

Algunos de los beneficios a los que puede acceder una pyme al obtener este certificado son:

  1. La alícuota de contribuciones patronales de Seguridad Social para las MiPyME se reduce al 18%.
  2. Se otorga una exención del impuesto al retiro en efectivo para estas empresas, excepto cuando se realicen extracciones en cuentas bancarias o cuentas de pago, en cuyo caso los débitos estarán sujetos al doble de la tasa vigente. Esta excepción no aplica a cuentas de personas humanas o jurídicas consideradas micro o pequeñas empresas.
  3. Si tenés una micro o pequeña empresa, podés compensar en el pago de Ganancias el 100% del impuesto al cheque, y si tenés una empresas industrial mediana tramo 1, el 60%. De igual forma, podrá compensarse el impuesto sobre los movimientos de fondos en cuentas de pago (cuenta electrónica)
    • Las Micro empresas pueden usar hasta el 30% del Impuesto sobre Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias como pago a cuenta de hasta el 15% de las Contribuciones Patronales con destino SIPA.
    • Aplicable a contribuciones patronales devengadas entre el 01/08/2023 y el 31/12/2024.Cómputo del Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios como pago a cuenta de las Contribuciones Patronales con destino SIPA:
  4. Uniformidad de anticipos del Impuesto a las Ganancias Sociedades: Empresas con certificado MiPyME vigente al inicio del ejercicio fiscal pueden pagar anticipos del impuesto a las ganancias en 10 cuotas de 10% cada una. Vigente para ejercicios que comiencen a partir del 1 de agosto de 2023.
  5. Pago de IVA a 90 días: Micro y pequeñas empresas pueden pagar el IVA declarado mensualmente en un plazo de 90 días. La presentación de Declaraciones Juradas de IVA sigue siendo mensual, pero el saldo se puede ingresar en la fecha de vencimiento correspondiente al segundo mes siguiente al original.
  6. Exclusión de retenciones y/o percepciones de IVA: Micro empresas en categoría A del SIPER en AFIP pueden tramitar el certificado de exclusión sin necesidad de saldo a favor de libre disponibilidad, ni de presentar F.936 ni proyecciones.
  7. Suspensión de juicios y medidas cautelares: Se suspende hasta el 31 de julio de 2024 el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para las MiPyMEs con “Certificado MiPyME” vigente al 31 de enero de 2024, y que cuenten con la caracterización correspondiente en el “Sistema Registral” de AFIP.
  8. Simplificación para solicitar el certificado de no retención de IVA:
    • Micro, pequeñas y medianas empresas pueden solicitarlo si tienen saldo a favor en sus Declaraciones Juradas de IVA durante dos períodos fiscales consecutivos.
    • Pequeñas y medianas empresas tramo 1 deben tener un saldo a favor equivalente al 10% del promedio del impuesto determinado en las últimas doce Declaraciones Juradas de IVA.
    • Empresas de construcción y minería, así como personas humanas en servicios, no son elegibles.
    • Tienen que tener en cuenta que el certificado se solicita con dos saldos de IVA a favor.
    • Micro empresas de comercio deben presentar el certificado ante el agente de retención en cada recategorización.
  9. Reducción de retenciones para micro empresas de comercio: Micro empresas de comercio que vendan a jubilados y pensionados con beneficio de devolución de IVA quedan excluidas de retenciones de Ganancias en operaciones con tarjeta.  Se requiere exhibir el certificado MiPyME al agente de retención para solicitar este beneficio.
  10. Saldos a favor para MiPyMEs en AFIP: Prioridad en la tramitación y percepción de compensaciones, acreditaciones, devoluciones o reintegros de impuestos o saldos a favor.
  11. Exención de los reembolsos: Exención de ganancias para reintegros o reembolsos de impuestos internos en productos, materias primas y servicios para MiPyMEs exportadoras.
  12. Exclusión en Régimen de Retención IVA – GANANCIAS: Micro empresas con certificado vigente de Registro MiPyME están excluidas de retenciones de IVA y Ganancias en pagos con tarjeta de crédito. Para acceder a esta exclusión, las micro empresas deben presentar el certificado vigente ante el agente de retención.
  13. Beneficio para MiPyME sobre Derechos de Exportación:
    • MiPyMEs que exporten productos especificados en el anexo del Decreto 302/2021 y cuyas exportaciones anuales no superen USD 3.000.000 estarán exentas del derecho de exportación hasta un monto FOB de USD 500.000. Para montos (FOB) entre USD 500.000 y USD 1.000.000, se abonará el 50% del arancel correspondiente.
    • Régimen de incentivo para fabricantes de bienes de capital – RGC 5301/2022 AFIP – SIDP: Empresas empleadoras con certificado MiPyME vigente tendrán una reducción del 90% de las contribuciones patronales para todos los trabajadores contratados.
    • Este beneficio aplica desde el mes siguiente a la inscripción en el Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo hasta el 31/12/2027.
  14. Baja de Impuestos Internos para expendio de cerveza artesanal – Ley 27430: Se reduce al 8% el impuesto interno para MiPyMEs productoras de cerveza artesanal.
  15. Tratamiento diferencial para MiPyMEs:
    • Las MiPyMEs tienen prioridad en la asignación del cupo fiscal según lo establecido en la norma.
    • Si alcanzan el 40% del aumento del cupo previsto, no se emitirán bonos a empresas que no sean MiPyMEs, a menos que haya un excedente al final del período destinado a empresas más pequeñas.
  16. Subsidios energéticos:
    • Bonificación de precios del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) para usuarios del Servicio General “P” con certificado MiPyME vigente.
    • Usuarios del Servicio General P1 y P2 recibirán una bonificación del 4,29% en los precios del gas a partir del 1° de marzo de 2023.
    • Usuarios del Servicio General P3 recibirán bonificaciones del 24,68% y del 62,49% en los precios del gas a partir del 1° de marzo de 2023 y del 1° de mayo de 2023, respectivamente.
  17. Exención de la comisión bancaria por depósito de efectivo: Los bancos no podrán cobrar comisiones a la MiPyMES que efectúen depósitos en efectivo en sus cuentas bancarias.
  18. Financiamiento para MiPyMEs: Las MiPyMEs pueden acceder a financiamiento para proyectos de inversión productiva, para capital de trabajo y para exportar. Conocé las líneas de financiamiento.
  19. Avales de sociedades de garantías recíprocas (SGR): Avales para acceder a créditos para las siguiente operaciones:
    • Créditos con entidades financieras comprendidas en la ley 21.526, fintech, organismos internacionales y entidades públicas
    • Descuento de cheques de pago diferido
    • Activos de fideicomiso financiero
    • Obligaciones negociables – ON PyME
    • Valores a corto plazo registrados por la CNV
    • Futuros y Opciones
    • Leasing
    • Descuento de Pagaré Bursátil negociados en Bolsa de Comercio y Mercado de Valores
    • Financiamientos otorgados mediante tarjetas de Crédito
    • Operaciones de compra/venta y/o locaciones de bienes o servicios
    • Obligaciones de hacer; licitaciones públicas
    • Planes de Facilidades otorgados por AFIP
  20. Factura de Crédito Electrónica:Obligatoria para operaciones mayores al monto mínimo establecido entre una MiPyME y una gran empresa.Optativa en intercambios entre MiPyMEs.

    Permite a las MiPyMEs: Expandir su financiamiento. Obtener mayor liquidez en plazos más cortos. Acceder a un nuevo instrumento de inversión en el mercado. Tener certeza sobre la fecha de cobro de facturas emitidas por grandes empresas.

    Ofrece la opción a la MiPyME de: Esperar el cobro por parte de la empresa grande. Transferir la factura a un Agente de Depósito Colectivo para su negociación en el Mercado de Capitales. Transferirla al Sistema de Circulación Abierta para su endoso, cesión, aval, descuento o depósito en el Sistema Bancario.

  21. Ley de Promoción de la Alimentación Saludable: El decreto 151/2022 establece un plazo diferencial para que las PyMES adecuen sus envases conforme a lo establecido en la Ley 27.642.
  22. Acceso a los diferentes programas
    • Programas de Apoyo a la Competitividad – PAC (Aportes No Reembolsables)
    • Capacitación PyME
    • Capacitar
    • Sello Buen Diseño
    • Red de asistencia digital para PyMEs
    • Regímenes especiales para empresas exportadoras / importadoras.
  23. Beneficios BCRA: A partir del 1/7/21 el plazo máximo para que las entidades financieras le acrediten al comercio el importe de cada venta realizada en un pago mediante tarjeta de crédito o de compra será de 8 días hábiles para micro y pequeñas empresas y 10 días hábiles para medianas.

    Para más información complete el siguiente formulario

    Confis

    14/05/2024

    Hola, buen dia! te solicitamos completes los siguientes datos para comenzar una charla con un asesor. Gracias!