ARCA extiende el plazo para adherir al plan de pagos – MiPyMEs y otros contribuyentes

La Agencia de Recaudación extendió hasta el 30 de mayo de 2025 el plazo para acceder al régimen de regularización de deudas impositivas y de seguridad social vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024.

Este plan está destinado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector salud y pequeños contribuyentes, permitiendo incluir deudas impositivas, retenciones, percepciones y multas sin necesidad de un pago inicial.

Características principales

  • Cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
  • Tasa fija:
    • 25% de la tasa de interés resarcitorio para pequeños contribuyentes, MiPyMEs, entidades sin fines de lucro y sector salud.
    • 40% para medianas empresas (Tramos 1 y 2).
  • 48 cuotas para las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social y para las obligaciones aduaneras de los Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud, con una tasa de financiación del 25% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
  • 36 cuotas para las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social y para las obligaciones aduaneras de las Medianas empresas -Tramos 1 y 2-, con una tasa de financiación del 40% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
  • 24 cuotas para las retenciones y percepciones impositivas de los Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud, con una tasa de financiación del 25% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
  • 18 cuotas para las retenciones y percepciones impositivas de las Medianas empresas -Tramos 1 y 2-, con una tasa de financiación del 40% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.

¿Quiénes pueden acceder?

  • Empresas con Certificado MiPyME vigente.
  • Personas físicas registradas como Pequeños Contribuyentes.
  • Entidades sin fines de lucro: Asociación, Fundación, Cooperativa, Cooperativa efectora, Consorcio de propietarios, Mutual Cooperadora, Otras entidades civiles, Instituto de vida consagrada, Asociación simple, Iglesia, entidades religiosas y Iglesia católica
  • Instituciones del sector salud con la caracterización fiscal correspondiente.

    Para más información complete el siguiente formulario

    Confis

    21/05/2025

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